Ayudas para la adquisición de determinados artículos tales como cama articulada, colchón antiescaras, grúa elevadora de enfermos, elevador de W.C, asiento giratorio de bañera, adaptación de vehículos a motor, la eliminación de barreras arquitectónicas y otras ayudas técnicas a valorar por el ISFAS, que funden su necesidad en una discapacidad grave. La ayuda económica tiene unos límites máximo y mínimo y consisten en el reintegro de un porcentaje del coste real acreditado, en función del nivel de recursos de unidad familiar.
Apartado II Prestaciones, Segunda, 3 de la Instrucción 150/2007, de 10 de diciembre