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El régimen de Clases Pasivas es el sistema de Seguridad Social de determinados funcionarios (aquellos que durante su etapa activa cotizan Derechos Pasivos en vez de hacerlo a la Seguridad Social).
Se trata de un régimen totalmente diferente a los que existen en Seguridad Social, con normativa propia y un cálculo de las pensiones completamente diferente. Las pensiones de Clases Pasivas (a día de hoy) son abonadas por el Ministerio de Hacienda y el resto de prestaciones (la sanitaria, por ejemplo) son gestionadas por las mutualidades administrativas (MUFACE, ISFAS y MUGEJU).
EDAD DE JUBILACIÓN
En el régimen de clases pasivas la edad de jubilación se mantiene por ahora en 65 años, aunque determinados colectivos pueden prorrogar su actividad hasta los 70 años y todos los funcionarios del régimen pueden jubilarse a los 60 años si acreditan al menos 30 años de servicios.
CÁLCULO DE LA PENSIÓN
En el cálculo de la pensión no se tienen en cuenta las cotizaciones de unos determinados años, si no que se calcula en base a toda la vida laboral. Y, también se pueden añadir, por cómputo recíproco, los años cotizados en Seguridad Social. Antes de tomar decisiones referentes a la jubilación de clases pasivas, conviene dejarse asesorar por un profesional experto: un habilitado de clases pasivas.
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