complemento maternidad clases pasivas 2026

El Tribunal Supremo redefine el complemento de maternidad en Clases Pasivas y aclara quién puede cobrar los complementos (guía práctica 2026)

El Supremo permite el cobro simultáneo del complemento de maternidad en Clases Pasivas

El Tribunal Supremo ha fijado doctrina al reconocer que el complemento de maternidad por aportación demográfica (2016–2021) puede ser percibido por ambos progenitores simultáneamente, siempre que cumplan los requisitos.

Se trata de una resolución de gran impacto en el régimen de Clases Pasivas, donde hasta ahora existían interpretaciones restrictivas.

Claves del fallo:

  • El complemento tiene naturaleza individual, no familiar.
  • No existe incompatibilidad entre progenitores.
  • Se aplica a pensiones causadas entre 2016 y 3 de febrero de 2021.
  • Abre la vía a reclamaciones y revisiones de expedientes.

Consecuencia práctica: si ambos progenitores cumplen requisitos, ambos pueden cobrar el complemento de maternidad.

Evolución: del complemento de maternidad a la brecha de género

1. Complemento de maternidad (2016–2021)

  • Introducido para compensar la aportación demográfica.
  • Inicialmente solo para mujeres.
  • Requería 2 o más hijos.
  • Cuantía: 5% a 15% de la pensión.

Tras la sentencia del TJUE de 2019, se reconoce también a los hombres en igualdad.

2. Complemento de brecha de género (desde 2021)

El Real Decreto-ley 3/2021 sustituye el modelo anterior:

  • Se reconoce desde el primer hijo.
  • Cuantía fija por hijo.
  • Diseñado para corregir la brecha de género en pensiones.

La jurisprudencia posterior (TJUE y Tribunal Supremo) ha consolidado que:

Hombres y mujeres tienen derecho en las mismas condiciones.

Diferencia clave entre ambos complementos

Este es el punto más importante desde el punto de vista práctico:

  • Complemento de maternidad: pueden cobrarlo ambos progenitores
  • Complemento de brecha de género: solo puede cobrarlo uno

Requisito esencial en Clases Pasivas: exclusión de la jubilación voluntaria

Uno de los aspectos más relevantes, y que más dudas genera, es el relativo al tipo de jubilación.

Regla en Clases Pasivas

En pensiones de jubilación o retiro:

  • No tienen derecho al complemento los jubilados voluntarios
  • Solo pueden acceder:
    • jubilación o retiro forzoso (por edad)
    • retiro por incapacidad/inutilidad
    • pensiones de viudedad

Este criterio se aplica:

  • al complemento de maternidad
  • y al complemento de brecha de género

Se trata de una diferencia estructural respecto al Régimen General de la Seguridad Social, donde la jubilación voluntaria no impide el acceso.

Guía práctica en Clases Pasivas (2026)

1. Complemento de maternidad

Quién puede solicitarlo:

  • Pensiones entre 2016 y 03/02/2021
  • Mujeres y hombres (por jurisprudencia)

Requisitos:

  • 2 o más hijos
  • Pensión contributiva de Clases Pasivas
  • No proceder de jubilación voluntaria

Desde la Habilitación de Clases Pasivas García-Bravo queremos ayudarte a tramitar tu complemento de maternidad. Contáctanos a través de este enlace y te daremos un presupuesto personalizado, pero no te cobraremos nada hasta que la Administración te abone los atrasos a los que tienes derecho. (Aplicable a los encargos realizados durante el año 2026).

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