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Aumento de pensiones 2020

Con fecha 15 de enero se ha publicado el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social. En el mismo se establece que en tanto se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2020, el contenido del título IV y de las disposiciones adicionales concordantes de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, así como de sus disposiciones de desarrollo, mantendrá su vigencia en 2020.

Este Real Decreto establece también que las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, así como de Clases Pasivas del Estado, se incrementarán un 0,9 por ciento, respetando los importes de garantía de las pensiones reconocidas al amparo de la legislación especial de guerra.
El límite máximo establecido para la percepción de pensiones públicas para 2020 será de 2.683,34 euros mensuales o 37.566,76 euros anuales.

El Real Decreto establece que se mantendrá el poder adquisitivo de las pensiones, y en su artículo 2 indica que los perceptores de pensiones del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas que hayan sido revalorizadas en 2020, recibirán, antes de 1 de abril de 2021 y en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión percibida en 2020 y la que hubiere correspondido de haber aplicado a las cuantías de 2019 un incremento porcentual igual al valor medio de los incrementos porcentuales interanuales del IPC de los meses de diciembre de 2019 a noviembre de 2020, siempre que el valor medio resultante sea superior al 0,9 por ciento.

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