AYUDAS ACCIÓN SOCIAL DE LA GUARDIA CIVIL: En el Boletín Oficial de la Guardia Civil de fecha 7 de mayo de 2019 se publica la convocatoria de ayudas de acción social de la Guardia Civil, según el tipo de ayudas estas podrán ser solicitadas por el Personal en la situación de Retirado de la Guardia Civil, con las limitaciones que se especifican en este Plan, mientras no perciban rentas distintas a su pensión de retiro que superen la cuantía fijada como IPREM para el año 2018; realizándose, en su caso, el cálculo de forma proporcional a los meses en los que haya permanecido en situación de retirado, cónyuges-viudos y parejas de hecho en el mismo estado estén percibiendo pensión de viudedad del causante y huérfanos que estén percibiendo pensión de orfandad y que no hayan cumplido 25 años a fecha de 31 de diciembre de 2018, o mayores de dicha edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que sus rentas no superen un importe determinado.
Las ayudas que pueden ser solicitadas por el personal retirado son las siguientes:
1.- AYUDA POR DISCAPACIDAD, Ayuda a sufragar a los titulares del derecho parte de los gastos a los que se tiene que hacer frente como consecuencia directa de discapacidad física, psíquica o sensorial. Importe de la ayuda 500€.
Quedarán excluidas las solicitudes en las que la persona con discapacidad, durante el ejercicio 2018, haya percibido rentas contributivas y no contributivas, procedentes del trabajo, pensión, haber pasivo u otras prestaciones iguales o superiores a 7.519,59 €.
2.- AYUDAS GERIÁTRICAS, Compensar la carga económica que supone para los mayores su estancia en Residencias Geriátricas, la asistencia a Centros de Día o la atención en su propio domicilio. Esta ayuda podrá ser solicitada por retirados y cónyuges o parejas de hecho viudos.
Quedarán excluidas las solicitudes en las que el beneficiario, durante el ejercicio 2018, haya percibido rentas contributivas y no contributivas, procedentes del trabajo, pensión, haber pasivo u otras prestaciones iguales o superiores 10.527,42€.
- AYUDAS PARA PERSONAS MAYORES QUE DEPENDAN DEL TITULAR, Compensar la carga económica que para el titular supone la estancia en Residencias Geriátricas, la asistencia a Centros de Día o a la atención en el propio domicilio de personas mayores de él dependientes. Serán beneficiarios de esta Ayuda ascendientes en primer grado y ascendientes por consanguinidad de 2º grado, el beneficiario deberá tener 75 años cumplidos a 31 de diciembre de 2018.
Quedarán excluidas las solicitudes en las que el beneficiario, durante el ejercicio 2018, haya percibido rentas contributivas y no contributivas, procedentes del trabajo, pensión, haber pasivo u otras prestaciones iguales o superiores 10.527,42€.
- AYUDA PARA TRATAMIENTOS MÉDICOS, Tiene por objeto ayudar, en la medida de lo posible, a sufragar el coste al que tuvo que hacer frente el titular del derecho por tratamientos médicos. Esta ayuda podrá ser solicitada por retirados y cónyuges o parejas de hecho viudos y huérfanos.
- AYUDA PARA LOS HIJOS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO.
Todas las ayudas indicadas a continuación solo podrán ser solicitadas por personal en situación de Retirado de la Guardia Civil, los cónyuges-viudos y parejas de hecho en el mismo estado de éstos, sólo durante el año o período anual a que se extiende el Plan en que se haya producido el pase a la situación de retiro.
- AYUDA A LA NATALIDAD, ADOPCIÓN Y ACOGIMIENTO.
- AYUDAS A LOS PROCESOS DE ADOPCIÓN.
- AYUDA A LAS FAMILIAS NUMEROSAS, El personal en situación de Retirado de la Guardia Civil, los cónyuges-viudos y parejas de hecho en el mismo estado de éstos, sólo durante el año o período anual a que se extiende el Plan en que se haya producido el pase a la situación de retiro.
- AYUDA A LAS FAMILIAS MONOPARENTALES CON HIJOS.
- AYUDA POR ASISTENCIA DE HIJOS A GUARDERÍAS Y SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PARA EL CUIDADO DE MENORES DE CUATRO AÑOS.
- 14. AYUDA PARA LA FORMACIÓN EDUCATIVA Y GASTOS DE COMEDOR ESCOLAR, DE LOS HIJOS,
- AYUDA PARA EL PAGO DE MATRÍCULA EN EL ESTUDIO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES CURSADAS POR LOS HIJOS,
- ESTUDIO, PROMOCIÓN PROFESIONAL Y ESTIDIO DE IDIOMAS, solo personal en activo
- AYUDA EXTRAORDINARIA, Ayudar a cubrir, en lo posible, el gasto que ocasiona tener que afrontar un hecho o situación que se considere imprevisto, grave y urgente.
- AYUDA PARA DESPLAZAMIENTO EN MEDIOS DE TRANSPORTE MARÍTIMO
COLECTIVO.
El plazo para solicitar estas ayudas por la habilitación finaliza el 30 de mayo de 2019.
Pueden obtener más información sobre estas ayudas y acceder a la resolución completa en nuestra web: www.habilitadoclasespasivas.com
ACCIÓN SOCIAL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA:
Esta ayudas fueron publicadas y su plazo se cerró antes de la remisión de la presente hoja circular (el día 17 de mayo). A los interesados en las mismas les ha sido remitida información personalizada y la disposición completa pudo ser consultada en nuestra web: www.habilitadosclasespasivas.com.
CONVOCATORIA DE PLAZAS PARA RESIDENCIAS DE ESTUDIANTES: Aprobada la convocatoria de plazas para las residencias de estudiantes gestionadas por la Empresa «Siresa Campus S.L.»,en régimen de internado, para el próximo curso académico 2019/2020, Oferta de residencias.
- Residencia «Vallehermoso» (Madrid): 162 plazas
- Residencia «Barcelona Diagonal» (Barcelona): 17 plazas
- Residencia «Damiá Bonet» (Valencia): 6 plazas
- Colegio Mayor «Hernán Cortés» (Salamanca): 13 plazas
- Residencia «Emperador Carlos V» (Granada): 14 plazas
Aprobada la convocatoria de plazas para la Residencia Militar de Acción Social de Estudiantes «San Hermenegildo» (Sevilla) y la Residencia del Patronato de Huérfanos del Ejército de Tierra «Santiago» (Valladolid), gestionadas por la Dirección de Asistencia al Personal del Ejército de Tierra en régimen de internado
El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Defensa» («BOD» de 7 de mayo de 2019).
Se convocan hasta un máximo de 190 plazas para el Curso Académico 2019/2020, en el Colegio Mayor Universitario (CMU) «Barberán y Collar». Plazo de solicitud hasta el 21 de junio de 2019
Puede descargar toda la información en nuestra página web https://www.habilitadosclasespasivas.com
SERVICIOS DE LOS QUE SON BENEFICIARIOS NUESTROS CLIENTES: Esta Habilitación presta a sus clientes, que perciben sus pensiones a través de nosotros, todos los servicios de información y gestión sobre todos los asuntos relacionados con sus pensiones y prestaciones del Régimen de Clases Pasivas. Asimismo procuramos proporcionar orientación y asesoramiento sobre temas fiscales, juridicos, testamentarios y de ayuda a la dependencia.
Por otro lado, para nuestros clientes, intentamos conseguir descuentos interesantes en muchos servicios y tramitaciones que, en algunos casos proporcionamos directamente (como tramitaciones judiciales o de gestoría), pero que en función de su especialidad, en otros casos, remitimos a otros profesionales de nuestra confianza. Queremos ser sus asesores integrales, por lo que ante cualquier duda o problema, le rogamos que se ponga en contacto con su habilitado; intentaremos resolverlo nosotros o buscar el profesional de confizanza que pueda ofrecer el mejor precio.
Como clientes de esta Habilitación obtendrán importantes descuentos en los servicios de gestoría administrativa que podemos ofrecerles así como las mejores condiciones de honorarios en los servicios jurídicos que prestamos (asuntos de incapacidad, tutorias, permisos para ventas de bienes de menores, reclamaciones contra la Administración, juicios de desahucio, divorcios…).
VENTA DE INMUEBLES: Es habitual que los clientes que encargan los trámites testamentarios, tras el fallecimiento de un familiar, quieran vender la vivienda de la que este era titular. También es recurrente la consulta que recibimos de muchos clientes sobre cómo vender o alquilar su vivienda para poder sufragar los gastos de una residencia. Desde esta habilitación podemos ayudarles en todos estos trámites, asesorarlos e incluso representarlos en los mismos. Pero además podemos ofrecerles alternativas muy interesantes como la hipoteca inversa o la venta con reserva de usufructo; opciones que permiten obtener ingresos de nuestra propiedad pudiendo permanecer en ella durante el tiempo que se desee.
Debemos recordar a los padres y tutores de personas con la capacidad modificada judicialmente (lo que se conocía como incapaces) que deseen vender bienes inmuebles que sean propiedad de dichos menores o incapaces, deben solicitar permiso al juzgado para realizar dicha operación. Desde esta habilitación podemos orientarles sobre dicho trámite y ocuparnos del mismo, preparando un presupuesto personalizado.
MAS INFORMACIÓN. Ampliamos esta información y ofrecemos otros contenidos que pueden ser de su interés en nuestra web, www.habilitadosclasespasivas.com, así como en nuestros perfiles de las redes sociales.