blog standar (1)

Circular informativa número 254 enero 2020

En esta primera hoja informativa del año 2020 queremos comenzar agradeciendo todas las felicitaciones navideñas recibidas. Siempre es un placer recibir tantos buenos deseos de nuestros clientes.

Tal y como es ya una tradición, en esta primera hoja circular debemos comenzar por comentar el aumento de las pensiones, aunque desde este momento debemos avisar: el aumento de las pensiones se aplicara en la mensualidad de febrero con los atrasos de enero; el aumento no se abona en esta mensualidad.

Con fecha 15 de enero se ha publicado el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social.

El Instituto Social de las Fuerzas Armadas facilita turnos de vacaciones en la Residencia «Jorge Juan» en Alicante y en el Centro Residencial «C.G. Gutiérrez Mellado» en Benidorm,.

Por Resolución de 12 de diciembre de 2019, de la Jefatura de Asistencia al Personal, se actualiza la relación de Residencias de Plaza de la Guadia Civil para el año 2020..

Los pensionistas residentes en el extranjero deben remitir una sola Fe de Vida al año emitida por el Consulado Español. Dicha fe de vida deberá tener fecha posterior al uno de enero de cada año y debe ser remitida a esta habilitación antes del 15 de marzo para poder ser presentada en plazo a la Administración..

Ofrece el servicio de comida a domicilio por un precio de 3,95€ diarios y, si hubiera un segundo comensal en el mismo domicilio, su precio sería de 3,00€ al día. No dude en ponerse en contacto con nosotros si desea más información sobre este servicio..

Como gestoría administrativa cada día ampliamos los servicios que ofrecemos y, para su mayor comodidad, procuramos hacerlos on line. Así hoy les presentamos la tramitación de informes de vehículos en Tráfico..

Tras el fallecimiento de un familiar, sus allegados tienen la obligación legal de realizar varios trámites que pueden entrañar en algunos casos cierta dificultad. Por descontado, los familiares deben comunicar a esta habilitación el fallecimiento para proceder a la baja de la pensión de Clases Pasivas y de Seguridad Social si la hubiera.
Pero también los herederos, tras el fallecimiento de un familiar deben liquidar el Impuesto de Sucesiones (aunque en muchos casos no exista obligación de pagar, es obligatorio presentar la liquidación) y, si era propietario de bienes inmuebles, habrá que liquidar en el mismo plazo el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana (conocido como Plusvalía municipal). En la siguiente campaña de renta, hay que presentar la declaración de la renta del fallecido.

Además de la vertiente fiscal que hemos expuesto, existe una civil que se debe tener en cuenta; si el fallecido no otorgó testamento, será necesario hacer una declaración de herederos y puede ser interesante hacer una escritura de partición hereditaria.
Desde un punto de vista práctico, suele ser interesante no cerrar la cuenta bancaria de la que era titular el fallecido hasta haber terminado todos los trámites testamentarios.
No duden en ponerse en contacto con nosotros para aclarar las dudas que puedan surgirles a este respecto o para encargarnos la realización de estos trámites para la cual le ofreceremos un presupuesto personalizado.
Además, es recomendable, antes de encargar cualquier gestión de este tipo a una empresa o compañía de seguros, informarse previamente de los costes, solicitando presupuesto previo

Categorías
pago honorarios

ya puedes realizar el pago de honorarios de manera 100% online

PUBLICACIONES RELACIONADAS