De conformidad a lo dispuesto en la Orden DEF/1459/2015, de 13 de julio, por la que se aprueba el Plan de Acción Social del Personal Militar, y lo establecido en la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas,
Por Resolución 634/08054/18 se convocan las ayudas específicas de acción social para el personal militar de la Armada para el año 2018, de acuerdo con las Bases Generales y Específicas que figuran anexas a esta Resolución.
Estas ayudas podrán ser solicitadas por el personal indicado a continuación, en el caso de los retirados o sus viudas solo lo podrán solicitar si han pasado a situación de retiro después del 14 de julio de 2017 y hasta el fin de plazo de estas solicitudes.
a) El personal militar profesional de la Armada y de los Cuerpos Comunes adscritos a su Acción Social, salvo que esté en situación administrativa en la que tenga suspendida su condición de militar.
b) Podrá ser también titular el personal militar que haya estado incluido en el anterior apartado en el plazo definido para la asignación de ayudas publicado en la presente convocatoria, que comprende desde el 14 de julio de 2017 hasta la fecha límite de presentación de solicitudes y, en caso de fallecimiento, su cónyuge viudo o huérfanos.
Se convocan las siguientes ayudas específicas para el personal militar de la Armada y Cuerpos Comunes adscritos a su acción social:
A. Educación especial con necesidad de apoyo psicoeducativo.
B. Ayudas de carácter extraordinario por situaciones que provoquen grave quebranto a la economía familiar.
Se establece un plazo de presentación de solicitudes de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el BOD. ( El plazo finaliza el 4 de julio de 2018)