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Indemnización por lesiones permanentes no invalidantes

La prestación consiste en el abono de una indemnización, por una sola vez, en los supuestos de lesiones causadas por enfermedad profesional o en acto de servicio o como consecuencia de él, sea por accidente o por riesgo específico del cargo y reúnan los requisitos señalados en el Reglamento general del Mutualismo Administrativo.

SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN POR LESIONES PERMANENTES NO INVALIDANTES

         

Modelo 145 – Comunicación de datos al pagador (de obligatoria presentación)

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