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La prestación farmacéutica 2009

La prestación farmacéutica del Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado incluye los mismos productos que en el Régimen General.

En los tratamientos que se realicen en los hospitales y en la asistencia en Centros de Urgencia, la dispensación de medicamentos es gratuita.

En la dispensación de medicamentos en Oficinas de Farmacia, la regla general es la participación de los mutualistas y sus beneficiarios con un 30% del precio de venta al público, corriendo a cargo de MUFACE el 70% restante. En aquellos medicamentos considerados de aportación reducida, el mutualista participa con un 10% sin que el importe total pueda exceder de 2,64 €.

En los casos de accidente de servicio o enfermedad profesional y en otros supuestos expresamente tipificados, MUFACE reintegra el 30% abonado.

La prestación farmacéutica de MUFACE presenta la singularidad de que los mutualistas son los depositarios de sus talonarios de recetas, siendo ellos los responsables de la custodia de los mismos y de su presentación al médico para que éste pueda realizar la prescripción.

SOLICITUD DE REINTEGRO DE GASTOS DE FARMACIA (en los casos contemplados en el impreso de solicitud)

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