REAL DECRETO 1079/2017 DE 29 de Diciembre – BOE 317
Porcentaje de revalorización general: 0,25 %
Tope de pensión: 2.580,13 €/mes 36.121,82 €/año
Pensión mínima:
CONY. A CARGO UNIPER S/CONYUGE
CAUSANTES 788,90 639,30 606,70
VIUDAS 639,30
HUERFANAS 623,20
| Prestación por hijo a cargo | Importe euros mes | Importe euros año |
| Menores de 18 años sin discapacidad | 24,25 | 291,00 |
| Menores de 18 años con mas del 33% de discapacidad | 83,33 | 1.000,00 |
| Mayores de 18 años con mas del 65% de discapacidad | 369,90 | 4.438,80 |
| Mayores discapacitados con mas del 75% de discapacidad y con necesidad de ayuda tercera persona | 554,90 | 6.658,80 |
SOVI:
No concurrentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 409,20 €
Concurrentes con otras pensiones . . . . . . 397,20 €
SALARIO MINIMO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 735,90 €
IPREM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 537,84 €
Madrid, 08 de enero de 2018Descarga del pdf informativoReal Decreto 1079/2017